CONTABLE. ¿Cómo se contabiliza el descuento de 20 céntimos en el suministro de combustible?

6
Mayo
El Real Decreto-Ley 6/2022, de 29 de marzo, donde se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, aprobó una rebaja de 0,20 euros por litro de combustible repostado, desde el 1 de abril al 30 de junio de 2022.

Después de un mes de aplicación en el que las estaciones de servicio se han adaptado a la medida, ahora son los transportistas y las empresas que tienen dudas a la hora de registrar contablemente el gasto del suministro del combustible con el descuento.

Contablemente, el suministro de combustible se registrará por el total de la factura con el descuento ya incluido, sin especificar de forma separada la bonificación de los 0,20 euros por litro. Si se especificara el descuento como una subvención, provocaría un descuadro en la base imponible y la cuota de IVA, que podría dar problemas en caso de una comprobación o inspección de Hacienda. Cabe recordar que si el vehículo está 50% afectado en la actividad, la cuota de IVA no deducible debe contabilizarse como gasto.

 

Ús de cookies

En aquesta pàgina utilitzem cookies pròpies i de tercers per millorar els nostres serveis.
Si continues navegant, considerarem que n’acceptes l’ús i la nostra política de cookies. Més informació

CERRAR