CONTABLE. Hacienda y la retribución en especie de los vehículos de empresa

2
Jun

Se trata de una “campaña informativa” en la que se informa a las empresas que la Agencia Tributaria dispone de información sobre los vehículos de su propiedad y de los que tienen un contrato de leasing o renting.

La campaña se centra en la retribución en especie del IRPF sin declararlo, y se recuerda que el artículo 42 de la Ley del IRPF establece que constituyen rentas en especie la utilización, consumo u obtención para fines particulares de bienes, derechos o servicios de forma gratuita o por precio inferior al normal de mercado, y como tal, es necesario tributar el IRPF.

Además de mejorar el cumplimiento voluntario, Hacienda advierte que en caso de que las inconsistencias persistan, el riesgo fiscal que representan “podrá dar lugar a los procedimientos de control tributario que sean necesarios”. En estos casos, las empresas pueden enfrentarse al pago del 100% de la cuota dejada de ingresar más los intereses de demora ya una sanción del 50% de la cuota.

 

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