FINANCIERO. Ley contra el fraude: Prohibición del uso de software de doble uso

10
Sep

El 11 de octubre es el plazo para adecuar los programas de contabilidad y facturación en la nueva ley antifraude para evitar sanciones que pueden alcanzar los 150.000 € para los fabricantes y 50.000 € para los usuarios en cada ejercicio económico.

Se introduce una nueva obligación tributaria en el artículo 29 de la Ley General Tributaria:

“La obligación, por parte de los productores, comercializadores y usuarios, que los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos contables, de facturación o de gestión de los que desarrollen actividades económicas, garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, sin interpolaciones, omisiones o alteraciones de las que no quede la debida anotación en los sistemas mismos “.

Reglamentariamente se podrán establecer especificaciones técnicas que deban reunir estos sistemas y programas, así como la obligación de que los mismos estén debidamente certificados y utilicen formatos estándares para su legibilidad. “


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