FISCAL. Dejar de pagar las deudas aplazadas

8
Oct
Cuando no se tiene suficiente liquidez para pagar los impuestos se pide un aplazamiento y fraccionamiento a Hacienda. En caso de que se haya concedido, puede que la situación no mejore y que se deje de pagar alguno de los vencimientos acordados. Debemos saber si este hecho afecta al resto de vencimientos.

Inicialmente Hacienda respetará el resto de plazos acordados, y sólo enviará una providencia de apremio reclamando la cuota impagada. Si se paga dentro del plazo concedido en la citada provisión, el recargo que exigirá hacienda será del 10% (5% si se paga antes de recibir la notificación). El resto de la deuda pendiente no se verá afectado.

Si no se paga dentro del plazo concedido, Hacienda exigirá la cuota impagada con un recargo del 20% más intereses. En este caso, se podrá exigir el pago inmediato de toda la deuda pendiente y dejar así sin efecto la totalidad del fraccionamiento inicialmente concedido, cuando el aplazamiento no tenga garantías.

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