FISCAL. El teletrabajo, sus gastos y la Covid-19

10
Feb
Hacienda no permite deducir los gastos de los trabajadores autónomos que teletrabajan en su vivienda habitual por motivo de la pandemia, ya que considera que es una circunstancia ocasional y excepcional.

La ley permite deducir los gastos de agua, gas, electricidad, teléfono e internet en el porcentaje resultante de aplicar el 30% a la proporción entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad profesional y la superficie total de la vivienda .

Pero Hacienda no permite deducir estos gastos a los profesionales que estén teletrabajando, ya que argumenta que es necesario que la vivienda habitual esté parcialmente afecta a la actividad de una manera formal. El hecho de que se trabaje en casa, según Hacienda, responde a una circunstancia ocasional y excepcional, y como que los trabajadores no tienen una parte de los metros cuadrados afectos a su actividad, entonces estos gastos no son deducibles.

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