FISCAL. Nuevo criterio sobre la prescripción de las liquidaciones del IVA

18
Nov

Una resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) publicada en septiembre ha determinado que la declaración anual del IVA no tiene efectos sobre el plazo de prescripción de las liquidaciones mensuales o trimestrales del impuesto.

Esta decisión contradice un polémico criterio mantenido por el Supremo desde 2009 e implica que el plazo de Hacienda para investigar el impuesto se reduzca.

 

Varias sentencias del Supremo interpretan a partir de 2009 que la declaración anual del IVA, mediante la cual las empresas presentan en enero los datos del ejercicio anterior, interrumpe la prescripción de las liquidaciones mensuales o trimestrales.

 

El TEAC, en una reciente resolución, contradice el criterio del Supremo y sostiene que la declaración de resumen anual del IVA no interrumpe la prescripción. De este modo, la Agencia Tributaria ya no tendrá un plazo adicional para comprobar, investigar o sancionar a los sujetos pasivos del IVA. La decisión del TEAC vincula a la Administración y, por tanto, deberá ser seguida por los órganos de la Agencia Tributaria.

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