Fiscal. ¿Vender o dar una vivienda a los hijos?

9
Apr

Si un contribuyente está a punto de cumplir los 65 años y se plantea vender su vivienda, deberá estudiar las diferentes posibilidades y el momento de hacerlo, a fin de rebajar su factura fiscal. Si en el momento de la venta el contribuyente tiene más de 65 años, entonces los beneficios de la venta de la vivienda habitual estarán exentos del IRPF. Si es menor de 65 deberá invertir el beneficio en la compra de otra vivienda habitual y tiene 2 años para hacerlo.

Si lo que se vende es una segunda residencia, los menores de 65 años tributarán por el beneficio, en cambio los mayores de esta edad podrán reinvertir la plusvalía conseguida en una renta vitalicia. La exención, en este caso, está limitada a 240.000 € y el que sobrepase deberá tributar. En caso de que se dé la vivienda habitual en vida, la persona que lo recibe tributará por el impuesto de sucesiones y donaciones y el donante tributará en renta como si fuera una venta, pero si tiene más de 65 años, estará exento de tributar .

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