LABORAL. Nuevo sistema de comunicación de bajas médicas

4
Apr
El Real Decreto 160/2022 y la Orden ISM 2/2023 regulan que a partir de este 1 de abril de 2023 desaparece la obligación por parte del trabajador de entregar una copia a la empresa de los comunicados de baja, confirmación y alta médicos.

El médico del Servicio Público de Salud, o de la Mutua que expida el parte médico de baja, confirmación o alta entregará directamente a la persona trabajadora una sola copia del mismo. Asimismo, los organismos remitirán los datos contenidos en los partes de baja-alta y la confirmación al INSS por vía telemática de forma inmediata y, en todo caso, en el primer día hábil siguiente a su expedición.

La Seguridad Social (SS) informará al autorizado RED (quien gestione los trámites con la SS) sobre la relación de movimientos para que comunique los datos económicos correspondientes a las bajas.

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