LABORAL. Se mantienen las obligaciones empresariales en el teletrabajo

12
Jan
La crisis de la Covid-19 ha hecho que el teletrabajo esté a la orden del día, y que muchas empresas y trabajadores recurran a esta modalidad para continuar con la actividad laboral. Este hecho está comportando un nuevo sistema dentro de las relaciones laborales, aunque, se mantienen las obligaciones empresariales.

El trabajador que se encuentra en teletrabajo tiene los mismos derechos y deberes que un trabajador que acude de forma habitual a su centro de trabajo. Esto supone que el empresario mantiene sus obligaciones en relación con su trabajador. Por un lado, continúa el deber de velar por la seguridad del trabajador y, por tanto, debe comunicar a su servicio de prevención la nueva situación  y que se pueda hacer una evaluación del nuevo puesto de trabajo y adecuar las medidas necesarias.

Por otra parte, continúa la obligatoriedad de registrar la jornada laboral. Los tribunales han sido claros en este aspecto. Aunque se trabaje en formato teletrabajo continúa la obligatoriedad de llevar un control del registro horario de los trabajadores.

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