MERCANTIL. Cuentas anuales con defectos

7
Mar

Las cuentas anuales deberán subsanarse si una vez hecho su depósito en el Registro Mercantil tienen algún error.

Si hemos recibido una notificación del Registro Mercantil denegando el depósito de las cuentas anuales por la existencia de algún defecto, tendremos que proceder a su subsanación. Este hecho no implica ninguna sanción y si se presentan nuevamente en el plazo de los 5 meses siguientes a la fecha de presentación inicial, entonces el importe que habrá que pagar para la subsanación será inferior al del depósito.

Los defectos más habituales son de tipo formal, de falta de información en algún apartado, como por ejemplo, el periodo medio de pago a los proveedores o algún punto de la memoria.

Hay que tener en cuenta que si las correcciones se presentan telemáticamente, cada vez que se modifica el fichero de presentación cambia la huella digital del mismo, por lo tanto se debe hacer un nuevo envío completo.

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