{"id":10601,"date":"2025-05-15T15:33:32","date_gmt":"2025-05-15T13:33:32","guid":{"rendered":"https:\/\/www.afisec.com\/?p=10601"},"modified":"2025-07-01T15:52:24","modified_gmt":"2025-07-01T13:52:24","slug":"juridico-el-supremo-permite-a-hacienda-revisar-ejercicios-fiscales-ya-prescritos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.afisec.com\/es\/juridico-el-supremo-permite-a-hacienda-revisar-ejercicios-fiscales-ya-prescritos\/","title":{"rendered":"JUR\u00cdDICO. El Supremo permite a Hacienda revisar ejercicios fiscales ya prescritos"},"content":{"rendered":"<h5 dir=\"ltr\" data-placeholder=\"Traducci\u00f3n\" data-ved=\"2ahUKEwjz05_BxJuOAxU9V6QEHb3uDtEQ3ewLegQICRAV\" aria-label=\"Texto traducido: JUR\u00cdDICO\n\nEl Supremo permite a Hacienda revisar ejercicios fiscales ya prescritos\n\nLa sentencia de la sala tercera del Trbunal Supremo permite inspeccionar ejercicios fiscales pasados, aunque est\u00e9n prescritos, eso s\u00ed, s\u00f3lo si sirven para poder regularizar o calcular la deuda de ejercicios no prescritos.\n\nEspecialistas en materia fiscal consultados han manifestado su inquietud ante dos recientes sentencias que podr\u00edan permitir a Hacienda reinterpretar o modificar la calificaci\u00f3n de actos jur\u00eddicos en cualquier momento. Esta posibilidad supondr\u00eda una amenaza significativa para la seguridad jur\u00eddica de los contribuyentes. As\u00ed lo advierte tambi\u00e9n el magistrado Navarro Sanch\u00eds en su voto particular, en el que subraya la importancia de poner l\u00edmites al poder del regulador fiscal en este tipo de decisiones.\n\nAnte este escenario, muchas empresas ya est\u00e1n planteando dudas y algunas han decidido paralizar operaciones que conllevan ciertos riesgos, debido al impacto potencial que este cambio jurisprudencial podr\u00eda tener en el sistema legal vigente.\n\nM\u00e1s informaci\u00f3n\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone size-full wp-image-10551\" src=\"https:\/\/www.afisec.com\/wp-content\/uploads\/FOTO-JURIDICO-4.jpg\" alt=\"\" width=\"200\" height=\"270\" \/><\/h5>\n<h5 id=\"tw-target-text\" class=\"tw-data-text tw-text-large tw-ta\" dir=\"ltr\" data-placeholder=\"Traducci\u00f3n\" data-ved=\"2ahUKEwjz05_BxJuOAxU9V6QEHb3uDtEQ3ewLegQICRAV\" aria-label=\"Texto traducido: JUR\u00cdDICO\n\nEl Supremo permite a Hacienda revisar ejercicios fiscales ya prescritos\n\nLa sentencia de la sala tercera del Trbunal Supremo permite inspeccionar ejercicios fiscales pasados, aunque est\u00e9n prescritos, eso s\u00ed, s\u00f3lo si sirven para poder regularizar o calcular la deuda de ejercicios no prescritos.\n\nEspecialistas en materia fiscal consultados han manifestado su inquietud ante dos recientes sentencias que podr\u00edan permitir a Hacienda reinterpretar o modificar la calificaci\u00f3n de actos jur\u00eddicos en cualquier momento. Esta posibilidad supondr\u00eda una amenaza significativa para la seguridad jur\u00eddica de los contribuyentes. As\u00ed lo advierte tambi\u00e9n el magistrado Navarro Sanch\u00eds en su voto particular, en el que subraya la importancia de poner l\u00edmites al poder del regulador fiscal en este tipo de decisiones.\n\nAnte este escenario, muchas empresas ya est\u00e1n planteando dudas y algunas han decidido paralizar operaciones que conllevan ciertos riesgos, debido al impacto potencial que este cambio jurisprudencial podr\u00eda tener en el sistema legal vigente.\n\nM\u00e1s informaci\u00f3n\"><strong><span class=\"Y2IQFc\" lang=\"es\">La sentencia de la sala tercera del Tribunal Supremo permite inspeccionar ejercicios fiscales pasados, aunque est\u00e9n prescritos, eso s\u00ed, s\u00f3lo si sirven para poder regularizar o calcular la deuda de ejercicios no prescritos.<\/span><\/strong><\/h5>\n<p id=\"tw-target-text\" class=\"tw-data-text tw-text-large tw-ta\" dir=\"ltr\" data-placeholder=\"Traducci\u00f3n\" data-ved=\"2ahUKEwjz05_BxJuOAxU9V6QEHb3uDtEQ3ewLegQICRAV\" aria-label=\"Texto traducido: JUR\u00cdDICO\n\nEl Supremo permite a Hacienda revisar ejercicios fiscales ya prescritos\n\nLa sentencia de la sala tercera del Trbunal Supremo permite inspeccionar ejercicios fiscales pasados, aunque est\u00e9n prescritos, eso s\u00ed, s\u00f3lo si sirven para poder regularizar o calcular la deuda de ejercicios no prescritos.\n\nEspecialistas en materia fiscal consultados han manifestado su inquietud ante dos recientes sentencias que podr\u00edan permitir a Hacienda reinterpretar o modificar la calificaci\u00f3n de actos jur\u00eddicos en cualquier momento. Esta posibilidad supondr\u00eda una amenaza significativa para la seguridad jur\u00eddica de los contribuyentes. As\u00ed lo advierte tambi\u00e9n el magistrado Navarro Sanch\u00eds en su voto particular, en el que subraya la importancia de poner l\u00edmites al poder del regulador fiscal en este tipo de decisiones.\n\nAnte este escenario, muchas empresas ya est\u00e1n planteando dudas y algunas han decidido paralizar operaciones que conllevan ciertos riesgos, debido al impacto potencial que este cambio jurisprudencial podr\u00eda tener en el sistema legal vigente.\n\nM\u00e1s informaci\u00f3n\"><span class=\"Y2IQFc\" lang=\"es\">Especialistas en materia fiscal consultados han manifestado su inquietud ante dos recientes sentencias que <strong>podr\u00edan permitir a Hacienda reinterpretar o modificar la calificaci\u00f3n de actos jur\u00eddicos en cualquier momento.<\/strong> Esta posibilidad supondr\u00eda una amenaza significativa para la seguridad jur\u00eddica de los contribuyentes. As\u00ed lo advierte tambi\u00e9n el magistrado <strong>Navarro Sanch\u00eds en su voto particular, en el que subraya la importancia de poner l\u00edmites al poder del regulador fiscal<\/strong> en este tipo de decisiones. <\/span><\/p>\n<p class=\"tw-data-text tw-text-large tw-ta\" dir=\"ltr\" data-placeholder=\"Traducci\u00f3n\" data-ved=\"2ahUKEwjz05_BxJuOAxU9V6QEHb3uDtEQ3ewLegQICRAV\" aria-label=\"Texto traducido: JUR\u00cdDICO\n\nEl Supremo permite a Hacienda revisar ejercicios fiscales ya prescritos\n\nLa sentencia de la sala tercera del Trbunal Supremo permite inspeccionar ejercicios fiscales pasados, aunque est\u00e9n prescritos, eso s\u00ed, s\u00f3lo si sirven para poder regularizar o calcular la deuda de ejercicios no prescritos.\n\nEspecialistas en materia fiscal consultados han manifestado su inquietud ante dos recientes sentencias que podr\u00edan permitir a Hacienda reinterpretar o modificar la calificaci\u00f3n de actos jur\u00eddicos en cualquier momento. Esta posibilidad supondr\u00eda una amenaza significativa para la seguridad jur\u00eddica de los contribuyentes. As\u00ed lo advierte tambi\u00e9n el magistrado Navarro Sanch\u00eds en su voto particular, en el que subraya la importancia de poner l\u00edmites al poder del regulador fiscal en este tipo de decisiones.\n\nAnte este escenario, muchas empresas ya est\u00e1n planteando dudas y algunas han decidido paralizar operaciones que conllevan ciertos riesgos, debido al impacto potencial que este cambio jurisprudencial podr\u00eda tener en el sistema legal vigente.\n\nM\u00e1s informaci\u00f3n\"><span class=\"Y2IQFc\" lang=\"es\">Ante este escenario, muchas empresas ya est\u00e1n planteando dudas y algunas han decidido paralizar operaciones que conllevan ciertos riesgos, debido al impacto potencial que este cambio jurisprudencial podr\u00eda tener en el sistema legal vigente.<\/span><\/p>\n<p dir=\"ltr\" data-placeholder=\"Traducci\u00f3n\" data-ved=\"2ahUKEwjz05_BxJuOAxU9V6QEHb3uDtEQ3ewLegQICRAV\" aria-label=\"Texto traducido: JUR\u00cdDICO\n\nEl Supremo permite a Hacienda revisar ejercicios fiscales ya prescritos\n\nLa sentencia de la sala tercera del Trbunal Supremo permite inspeccionar ejercicios fiscales pasados, aunque est\u00e9n prescritos, eso s\u00ed, s\u00f3lo si sirven para poder regularizar o calcular la deuda de ejercicios no prescritos.\n\nEspecialistas en materia fiscal consultados han manifestado su inquietud ante dos recientes sentencias que podr\u00edan permitir a Hacienda reinterpretar o modificar la calificaci\u00f3n de actos jur\u00eddicos en cualquier momento. 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As\u00ed lo advierte tambi\u00e9n el magistrado Navarro Sanch\u00eds en su voto particular, en el que subraya la importancia de poner l\u00edmites al poder del regulador fiscal en este tipo de decisiones.\n\nAnte este escenario, muchas empresas ya est\u00e1n planteando dudas y algunas han decidido paralizar operaciones que conllevan ciertos riesgos, debido al impacto potencial que este cambio jurisprudencial podr\u00eda tener en el sistema legal vigente.\n\nM\u00e1s informaci\u00f3n\"><a href=\"https:\/\/afisec.us22.list-manage.com\/track\/click?u=5cef21d2e7a16f6f936605104&amp;id=47535e24c8&amp;e=f8fcc833e8\"><strong>M\u00e1s infor<\/strong><\/a><a href=\"https:\/\/afisec.us22.list-manage.com\/track\/click?u=5cef21d2e7a16f6f936605104&amp;id=009efb2b95&amp;e=f8fcc833e8\"><strong>maci\u00f3n<\/strong><\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La sentencia de la sala tercera del Tribunal Supremo permite inspeccionar ejercicios fiscales pasados, aunque est\u00e9n prescritos, eso s\u00ed, s\u00f3lo si sirven para poder regularizar o calcular la deuda de ejercicios no prescritos. 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