En el Boletín Oficial del Estado del 28 de junio de este año se ha publicado la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, que ya ha entrado en vigor .
Las principales medidas en materia tributaria que incorpora la Ley son las siguientes:
• Impuesto sobre el Valor Añadido
Pasan a tributar al tipo reducido del 10%:
Espectáculos en vivo, montura de gafas y Hostelería. Se elimina la exclusión de los servicios mixtos de hostelería, espectáculos, discotecas, salas de fiesta, barbacoas u otros análogos a efectos de la aplicación del tipo reducido del 10%.
• Impuesto de Sociedades
En relación a este impuesto las modificaciones se centran en la deducción por inversiones en producciones cinematográficas, series audiovisuales y espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales.
• Interés legal y de demora
Se mantienen invariables en el 3% y 3.75% respectivamente.