CONTABLE. Deducibilidad de las provisiones

14
Mayo
Los gastos por provisiones suelen plantear dudas sobre su contabilización y deducibilidad fiscal. En general, las provisiones contabilizadas según la norma contable son deducibles (una provisión por responsabilidades o por garantías). Sin embargo, la ley establece algunas excepciones que hay que conocer.

Provisiones deducibles

Riesgo muy probable: si la empresa conoce el riesgo futuro y lo puede cuantificar.

• Para responsabilidades: si fruto de un litigio se pueden derivar responsabilidades.

Para garantías: las realmente producidas y una provisión de estos gastos futuras.

En estos tres casos las provisiones contables son un gasto que la empresa se deducirá en el Impuesto sobre Sociedades.

Provisiones NO deducibles

• Las relativas a retribuciones del personal a largo plazo (un bonus por objetivos).

• Las dotaciones para ingresos menores debido a devoluciones de las ventas.

• Actuaciones medioambientales que no corresponden a un plan de inversión aceptado por la Agencia Tributaria.

• Obligaciones tácitas que dependen de la voluntad de la empresa (pagar diferencias de precios a clientes).

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