FISCAL. Hacienda revoca el NIF de las sociedades inactivas

5
Mar
La Agencia Tributaria ya ha comenzado a revocar el Número de Identificación Fiscal (NIF) de las empresas inactivas o su certificado digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT). Por lo tanto es posible que algunos de vosotros ya os hayáis  encontrado en la situación de querer hacer algún tipo de formalidad con su empresa inactiva y ver que no puede hacerlo por culpa de este motivo.

Esto es así, porque según los artículos 146 y 147 del Real Decreto 1065/2007, Hacienda puede revocar el NIF de una empresa en caso de que:

• Durante un periodo superior a 1 año y después de 3 intentos no se haya podido notificar a la empresa (en su domicilio fiscal).

• Si la empresa no ha presentado el Impuesto de Sociedades de 3 años consecutivos.

En estos casos la Agencia Tributaria entiende que la empresa ha sido simplemente abandonada por los administradores y socios sin llevar a cabo los actos jurídicos previstos para los casos de extinción y disolución de las sociedades. Por lo tanto, esto puede dar lugar a fraudes por la utilización, de alguna manera, de estas empresas aparentemente inactivas.

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