FISCAL. Multas de hasta 600.000 euros para los empresarios que nieguen información a Hacienda en una inspección

8
Jul

 

El Tribunal Constitucional (TC) ha apoyado que se pueda multar hasta 600.000 euros a quienes realicen actividades económicas y se nieguen a entregar determinada información contable a Hacienda en el marco de una inspección tributaria. Considera que, pese a la “severidad” de la sanción, “no existe un desequilibrio patente y excesivo” con el fin de la norma.

La infracción tributaria por resistencia, obstrucción, excusa o negativa a las actuaciones de la administración tributaria cometida por un sujeto que desarrolle actividades económicas y que esté siendo objeto de un procedimiento de inspección será sancionada con una multa del 2% de la cifra de negocio correspondiente al último ejercicio finalizado en el momento, “con un mínimo de 20.000 y un máximo de 600.000 euros.

El precepto detalla que esta sanción resulta aplicable exclusivamente a las conductas obstructoras relativas a “la aportación o examen de libros de contabilidad, registros fiscales, ficheros, programas, sistemas operativos y de control” o consistentes en el incumplimiento del deber de “facilitar la entrada o permanencia en fincas y locales” o “el reconocimiento de elementos o instalaciones”.

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