LABORAL. El trabajo a distancia se regula

5
Nov
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto Ley 28/2020 de 22 de septiembre que regula el trabajo a distancia, una norma que ha contado con el acuerdo final de patronal y sindicatos.

Principales novedades que establece el Real Decreto Ley

• Para que se pueda considerar teletrabajo, la jornada en estas condiciones debe ser de al menos el 30% de la jornada, en un período de 3 meses.

• Es un acuerdo voluntario y reversible entre las partes e individual con cada trabajador. Debe realizarse por escrito.

La empresa cubrirá los gastos relativos a los medios, equipos y herramientas vinculadas al desarrollo de la actividad laboral.

• El trabajador a distancia tiene los mismos derechos y obligaciones que el trabajador que presta sus servicios en el centro de trabajo, de manera presencial.

• Sigue la obligatoriedad de registrar diariamente la jornada.

• El trabajo a distancia tendrá las mismas consideraciones en materia preventiva que el trabajo presencial.

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