LABORAL. Mejoras en las prestaciones para trabajadores a tiempo parcial

8
Nov
Desde el pasado 1 de octubre se han introducido cambios en el cálculo de las pensiones de los trabajadores a tiempo parcial. A partir de esa fecha, éste se ha equiparado con el trabajo a tiempo completo a efectos del cómputo de los períodos de cotización necesarios para el reconocimiento de las pensiones.

El RDLL 2/2023 equipara el trabajo a tiempo parcial con el de tiempo completo a efectos del cómputo de los períodos cotizados para el reconocimiento de las pensiones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal, nacimiento y cuidado de menores. Es decir, para el cómputo se tendrán en cuenta los períodos cotizados cualquiera que sea la duración de la jornada realizada, en cada uno de ellos.

Esta medida beneficiará a más de dos millones de trabajadores con contratos a tiempo parcial, mayoritariamente mujeres. De esta forma la parcialidad no perjudicará el tiempo de vida laboral cotizado.

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