JURÍDICO. La prestación de maternidad no tributará por el IRPF

12
Dec

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid en una reciente sentencia ha declarado que la prestación por maternidad que abona la Seguridad Social está excluida del IRPF. Esta decisión está en contra de lo que siempre ha mantenido Hacienda.
El hecho de que una trabajadora de a luz le genera derecho a un baja médica de 16 semanas. Durante este periodo la Seguridad Social abona su sueldo a través de la prestación de maternidad.

La Agencia Tributaria siempre ha mantenido que esta ayuda se debe tributar en el IRPF como un rendimiento de trabajo. La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid contradice este criterio.

Al ser sólo una sola sentencia es muy recomendable que las contribuyentes que se vean afectadas por este veredicto sigan el criterio de Hacienda y tributen por la prestación por maternidad. En cualquier caso, tendrán la opción de la devolución del IRPF e iniciar la vía administrativa o judicial. De esta manera evitarían la posible sanción que Hacienda les podría imponer.

 

 

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