CONTABLE. ¿Cómo contabilizar el IVA deducible cuando se ha eliminado en una inspección?

18
Jun
En la presentación del modelo 303 con el IVA devengado y IVA deducible y de acuerdo a la información anotada en los libros de registros de facturas emitidas y recibidas, con el resultado correspondiente (a ingresar, a devolver o a compensar), el IVA se puede modificar después de una inspección. Una vez subsanados los errores hay 4 años para poder deducir este IVA soportado.

Si con motivo de una inspección, parte del IVA soportado incluido en una liquidación anterior es objeto de eliminación (debido a la falta de anotación de determinada información sobre alguna de las operaciones indicadas en el libro de registro de facturas recibidas) , el ingreso que no se realizó en su momento se tiene que regularizar y liquidar al tiempo pagar la sanción correspondiente.

Contablemente se disminuye el importe a compensar (470) contra el IVA soportado que no se podía deducir la inspección (472).

Si no hay IVA para compensar (470) deberá regularizar vía ingreso (4750). También podría ser una combinación de reducir la cuenta (470) y pagar la diferencia (4750).

Hay que dar de baja la deuda tributaria con la cuenta (4750) contra la cuenta de tesorería (572).

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