Fiscal. Gastos sin factura

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Oct

Los autónomos pueden desgravar gastos de los que no tienen factura, pero con unos requisitos.   

Muchos autónomos cometen el error de desgravar sólo aquellos gastos con factura. Esta es la manera correcta de proceder pero se puede ampliar.

Como ejemplos podemos añadir: la cuota de los autónomos, los billetes de transporte público, las cuotas de colegios profesionales, los seguros, las amortizaciones de bienes de inversión o los gastos bancarios. Todas ellas se pueden declarar como gasto sin factura y si lo tenemos que justificar ante Hacienda deberemos aportar el recibo del banco correspondiente o el contrato firmado, en su caso. En todos los casos, es recomendable pagarlo siempre por medios electrónicos.

Por otra parte, los gastos de bares y restaurantes tienen un tratamiento diferente ya que la factura simplificada no sirve y hay que pedir una factura con todos los datos y pagarla por el banco si queremos que Hacienda lo acepte.

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