CONTABLE. Novedades en el modelo 347 del ejercicio 2022

5
Feb
La principal novedad es que no existe ninguna novedad en la cumplimentación de la Declaración Informativa del modelo 347, Declaración anual de operaciones con terceras personas, que durante el ejercicio 2022 hayan superado los 3.005,06 euros (IVA incluido).

El plazo de declaración será del 1 al 28 de febrero de 2023 para el ejercicio 2022.

Hay que recordar:

• Declarar los importes con IVA y con recargo de equivalencia.

• Declarar los anticipos de clientes y proveedores si superan los 3.005,06 euros.

• Declarar los importes si superan los 3.005,06 euros aunque sean negativos.

• Los contribuyentes en régimen simplificado de IVA declararán las facturas emitidas y recibidas.

No se declaran las operaciones de arrendamiento, el Suministro Inmediato de Información del IVA, y las estimaciones objetivas del IRPF conjuntamente con el recargo de equivalencia del IVA.

• La no presentación del modelo 347 se sanciona de 300 a 20.000 euros (la mitad si están fuera de plazo no se ha recibido el requerimiento previo de la AEAT).

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