Fiscal. Obligaciones fiscales de una comunidad de propietarios

9
Sep
Existen obligaciones fiscales en las comunidades de propietarios cuando un vecino es administrador y cobra por esta tarea.

Aunque no es lo más habitual se puede dar el caso, sobre todo en fincas con pocos vecinos, en que un vecino sea el administrador de la comunidad de propietarios y perciba una pequeña cantidad por sus servicios.

En este caso, la Dirección General de Tributos indica que estos ingresos se consideran rendimientos del trabajo y, como tales, la Comunidad debe aplicar una retención del 35% por la condición de administrador. Esta retención se deberá ingresar QUIÉN? trimestralmente a Hacienda en los primeros veinte días de los meses de abril, julio, octubre y enero que correspondan al trimestre natural inmediato anterior.

Asimismo, deberá presentar una declaración anual del modelo 190 en los primeros veinte días naturales del mes de enero del año preceptivo donde se resumirán los ingresos y retenciones realizadas.

Ús de cookies

En aquesta pàgina utilitzem cookies pròpies i de tercers per millorar els nostres serveis.
Si continues navegant, considerarem que n’acceptes l’ús i la nostra política de cookies. Més informació

CERRAR