JURÍDICO. Regulación actual de los pagos en efectivo

6
Oct
La última regulación normativa a este respecto la encontramos en la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal. El pago en efectivo es una práctica que tributariamente siempre se ha tratado de limitar a través de diferentes normativas reguladoras, dado el riesgo de elusión fiscal y blanqueo de capital que, según la Administración puede producirse en este tipo de operaciones.

 

No podrán pagarse en efectivo las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúen en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 1.000 € o su contravalor en moneda extranjera.

Si la relación es entre particulares, el límite es de 2.500€. No obstante, el citado importe será de 10.000 € o su contravalor en moneda extranjera cuando el pagador sea persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional.

Se prevé una sanción económica correspondiente al 25% del importe abonado en efectivo que sobrepase el límite establecido, siendo el importe mínimo de sanción 625€ en aquellos supuestos de cobro o pago en efectivo por encima de los límites establecidos normativamente.

Más información

Ús de cookies

En aquesta pàgina utilitzem cookies pròpies i de tercers per millorar els nostres serveis.
Si continues navegant, considerarem que n’acceptes l’ús i la nostra política de cookies. Més informació

CERRAR