Laboral. Sentencia importante para las jubilaciones de las trabajadoras a tiempo parcial

9
Jul
El Tribunal Constitucional (TC) se ha sumado al criterio del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y ha declarado inconstitucional, nulo y discriminatorio para las mujeres el cálculo de la pensión de jubilación donde exista desigualdad entre los trabajadores a tiempo parcial y los de tiempo completo.

Dice el mismo Constitucional en su sentencia que hay discriminación indirecta por razón de sexo al quedar muy claro en las estadísticas que la mayoría de trabajadores a tiempo parcial son mujeres, lo que provoca según el TC un “impacto adverso sobre los trabajadores de un determinado sexo”.

Actualmente el cálculo de la pensión en los contratos a tiempo parcial tiene un doble impacto. Por un lado, la base de cotización ya es menor y, por  otra, los años cotizados son sometidos a un coeficiente reductor proporcional a la jornada real. Es en este último punto donde el TC y también el TJUE han encontrado la medida discriminatoria.

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