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15/05/2025
La sentencia de la sala tercera del Tribunal Supremo permite inspeccionar ejercicios fiscales pasados, aunque estén prescritos, eso sí, sólo si sirven para poder regularizar o calcular la deuda de ejercicios no prescritos.
Especialistas en materia fiscal consultados han manifestado su inquietud ante dos recientes sentencias que podrían permitir a Hacienda reinterpretar o modificar la calificación de actos jurídicos en cualquier momento. Esta posibilidad supondría una amenaza significativa para la seguridad jurídica de los contribuyentes. Así lo advierte también el magistrado Navarro Sanchís en su voto particular, en el que subraya la importancia de poner límites al poder del regulador fiscal en este tipo de decisiones.
Ante este escenario, muchas empresas ya están planteando dudas y algunas han decidido paralizar operaciones que conllevan ciertos riesgos, debido al impacto potencial que este cambio jurisprudencial podría tener en el sistema legal vigente.