JURÍDICO. Registro obligatorio para los grandes tenedores de vivienda en Cataluña

10
Abr
En Cataluña, las personas o entidades con cinco o más viviendas (grandes tenedores) tienen la obligación de inscribirlas en un registro oficial para facilitar el control público y garantizar el derecho de tanteo y retracto.

El 27 de febrero entró en vigor el Decreto ley 2/2025 que obliga a las entidades consideradas grandes tenedores (con cinco o más viviendas) a comunicar a la Agencia de la Vivienda de Catalunya su condición de grandes tenedores, así como el número de viviendas de su propiedad.

Esta inscripción es un requisito indispensable para poder realizar cualquier transmisión y permite a la Administración conocer y supervisar la situación de las viviendas, así como ejercer, en su caso, los derechos de tanteo y retracto. El incumplimiento puede acarrear sanciones y dificultades para formalizar operaciones inmobiliarias. Esta medida busca reforzar el control público y garantizar el acceso a la vivienda. 

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