MERCANTIL. Conflictos entre socios: un riesgo regulado por la Ley de Sociedades de Capital

14
Nov
Las tensiones entre socios son habituales en las PYME. La Ley de Sociedades de Capital prevé mecanismos para evitar bloqueos y proteger a la empresa, aunque no son suficientes. Un pacto de socios es la mejor prevención.

Los conflictos entre socios son una de las principales causas de crisis en las PYME catalanas y españolas. La Ley de Sociedades de Capital (RDL 1/2010) regula los derechos de los socios y establece soluciones como: la impugnación de acuerdos (art. 204 LSC), la separación por falta de reparto de dividendos (art. 348 bis) o la disolución por bloqueo (art. 363).

Cuando el problema deriva de una mala gestión, se puede exigir responsabilidad a los administradores (arts. 236 y siguientes). El Código de Comercio y la Ley de Mediación 5/2012 impulsan cauces extrajudiciales. Prever normas claras no basta, un pacto de socios es la mejor prevención.

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